jueves, 27 de mayo de 2010

Atención educativa al alumnado con integración tardía y al alumnado en situación de desventaja socioeducativa

La Resolución de 17 de mayo de 2010 de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Educativa establece las medidas de atención educativa al alumnado con integración tardía en el sistema educativo y al alumnado en situación de desventaja socioeducativa. El Anexo I incluye modelos de informe de nivel de competencia lingüística divididos en tres niveles (A1, A2 y B1), y el Anexo II incorpora un nuevo modelo de informe de necesidades de compensación educativa. En el Anexo III se recoge la comunicación y conformidad de los padres o tutores respecto a las necesidades de compensación educativa.

Atención educativa a alumnado con integración tardía                                                            
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